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Publicado:   | Última actualización: 24 de octubre de 2023

Agilizar un reembolso

Por lo general, el IRS emite reembolsos dentro de determinados momentos. Generalmente, el IRS necesita dos semanas para procesar un reembolso de una declaración de impuestos presentada electrónicamente y hasta seis semanas para una declaración de impuestos presentada por correo.

¿Qué necesito saber?

La Ley PATH realizó los siguientes cambios, los cuales entraron en vigencia para la temporada de impuestos del 2017, para ayudar a prevenir la pérdida de ingresos debido al robo de identidad y el fraude de reembolsos relacionados con salarios falsos y retenciones inventadas:

  • El IRS no puede emitir un crédito o reembolso antes del 15 de febrero, si este incluye el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC) o el Crédito Tributario Adicional por Hijos (ACTC).
  • Este cambio sólo afecta las declaraciones presentadas antes del 15 de febrero en las que se reclame el EITC o el ACTC.
  • El IRS retendrá todo su reembolso, incluyendo cualquier parte que no esté vinculada al EITC o al ACTC.
  • Ni TAS ni el IRS puede liberar ninguna parte de su reembolso antes de la fecha mencionada arriba, aunque usted esté pasando por una dificultad financiera.

Si usted está enfrentando una dificultad financiera (por ejemplo, no puede comprar medicina, no puede pagar su hipoteca o alquiler y ha recibido un aviso de desalojo, o no puede pagar los servicios públicos y ha recibido un aviso de suspensión del servicio, etc.) y necesita su reembolso lo más pronto posible, el IRS puede expeditar la emisión de éste. Deberá comunicarse con el IRS y explicar su situación de dificultad.

El IRS puede expeditar su reembolso

El IRS puede expeditar su reembolso si la demora se debe a un atraso temporal en el procesamiento de impuestos. De ser así, usted puede recibir una carta o aviso del IRS informándole que hay un problema con su declaración de impuestos o que su reembolso se retrasará. Si usted está pasando por una dificultad económica, el IRS podría procesar manualmente su reembolso para entregárselo antes.

Si tiene una deuda con el IRS de un año tributario anterior

Si le debe impuestos al IRS de un año tributario anterior, puede ser que el IRS este reteniendo su reembolso para pagar esa deuda. Sinembargo, si usted está pasando por una dificultad financiera y necesita su reembolso de inmediato, el IRS puede considerar no seguir sus procedimientos regulares de quedarse con su reembolso. En cambio, puede liberar y expeditar parte o todo el reembolso para ayudarle con sus dificultades.

  • Nota: El IRS sólo puede expeditar un reembolso que está siendo retenido para compensar una deuda del IRS. Si la Oficina del Servicio Tributario (BFS por sus siglas en inglés) está compensando su reembolso a deudas que no sean tributarias, como lo son los préstamos estudiantiles, la manutención de los hijos, la compensación estatal por desempleo u otra deuda asegurada por el gobierno federal, el IRS no podrá emitir su reembolso, aunque usted tenga una dificultad financiera grave.

Acciones

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¿Qué debo hacer?

Solicite que expediten su reembolso llamando al IRS al 800-829-1040 (TTY / TDD 800-829-4059).

  • Explique su dificultad financiera y
  • Solicite que le expediten un reembolso manual.

Es probable que el IRS solicite documentación de su dificultad financiera, como copias de avisos de suspensión de servicios públicos, avisos de desalojo o ejecución hipotecaria, etc., así como otra información que justifique su dificultad, como una copia de su declaración de impuestos que muestre su reclamo de reembolso. Es importante que responda con prontitud a la solicitud del IRS.


Si debe impuestos federales, hable con el IRS acerca de opciones de pago como un plan de pagos a plazos o un Ofrecimiento de Transacción . Visite nuestra página Consigue ayuda para ver más información sobre estos temas.

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¿Cómo me afectará esto?

Si proporciona la información que le solicite el IRS dentro del tiempo especificado, el IRS considerará inmediatamente su solicitud de expeditar su reembolso.

Algunas cosas que debe considerar si está buscando que el IRS le expedite su reembolso:

  • Expeditar un reembolso limita la cantidad del mismo a la cantidad de su dificultad financiera una vez esta ha sido verificada por el IRS. Por lo mismo, es posible que el IRS no libere todo su reembolso.
  • Si el IRS emite un reembolso parcial para ayudarlo con sus dificultades, el proceso puede retrasar la cantidad restante.
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Espere, todavía necesito ayuda

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777-4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos.

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¿Sabías que existe una Carta Derechos del Cotribuyente?

La Declaración de Derechos del Contribuyente está agrupada en 10 categorías fáciles de entender que describen los derechos y protecciones del contribuyente incorporados en el código tributario.

También es lo que guía el trabajo de promoción que hacemos para los contribuyentes.

Lea más sobre sus derechos