La Ley PATH realizó los siguientes cambios, los cuales entraron en vigencia para la temporada de impuestos del 2017, para ayudar a prevenir la pérdida de ingresos debido al robo de identidad y el fraude de reembolsos relacionados con salarios falsos y retenciones inventadas:
- El IRS no puede emitir un crédito o reembolso antes del 15 de febrero, si este incluye el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC) o el Crédito Tributario Adicional por Hijos (ACTC).
- Este cambio sólo afecta las declaraciones presentadas antes del 15 de febrero en las que se reclame el EITC o el ACTC.
- El IRS retendrá todo su reembolso, incluyendo cualquier parte que no esté vinculada al EITC o al ACTC.
- Ni TAS ni el IRS puede liberar ninguna parte de su reembolso antes de la fecha mencionada arriba, aunque usted esté pasando por una dificultad financiera.
Si usted está enfrentando una dificultad financiera (por ejemplo, no puede comprar medicina, no puede pagar su hipoteca o alquiler y ha recibido un aviso de desalojo, o no puede pagar los servicios públicos y ha recibido un aviso de suspensión del servicio, etc.) y necesita su reembolso lo más pronto posible, el IRS puede expeditar la emisión de éste. Deberá comunicarse con el IRS y explicar su situación de dificultad.
El IRS puede expeditar su reembolso
El IRS puede expeditar su reembolso si la demora se debe a un atraso temporal en el procesamiento de impuestos. De ser así, usted puede recibir una carta o aviso del IRS informándole que hay un problema con su declaración de impuestos o que su reembolso se retrasará. Si usted está pasando por una dificultad económica, el IRS podría procesar manualmente su reembolso para entregárselo antes.
Si tiene una deuda con el IRS de un año tributario anterior
Si le debe impuestos al IRS de un año tributario anterior, puede ser que el IRS este reteniendo su reembolso para pagar esa deuda. Sinembargo, si usted está pasando por una dificultad financiera y necesita su reembolso de inmediato, el IRS puede considerar no seguir sus procedimientos regulares de quedarse con su reembolso. En cambio, puede liberar y expeditar parte o todo el reembolso para ayudarle con sus dificultades.
Nota: El IRS sólo puede expeditar un reembolso que está siendo retenido para compensar una deuda del IRS. Si la Oficina del Servicio Tributario (BFS por sus siglas en inglés) está compensando su reembolso a deudas que no sean tributarias, como lo son los préstamos estudiantiles, la manutención de los hijos, la compensación estatal por desempleo u otra deuda asegurada por el gobierno federal, el IRS no podrá emitir su reembolso, aunque usted tenga una dificultad financiera grave.