El FBAR es un informe anual. Actualmente, debe presentarlo antes del 15 de abril del año posterior al año calendario que está informando (por ejemplo, el FBAR de 2023 debe presentarse antes del 15 de abril de 2024).
Para los años tributarios que comienzan el 1 de enero de 2016, debe presentar la declaración el 15 de abril del siguiente año calendario o antes (por ejemplo, un FBAR de 2023 vence el 15 de abril de 2024).
Prórrogas de tiempo para presentar declaraciones de impuestos:Se le permite una extensión automática hasta el 15 de octubre si no cumple con la fecha de vencimiento anual del FBAR del 15 de abril. No necesita solicitar una extensión para presentar el FBAR.
Si se ve afectado por un desastre natural, el gobierno puede extender aún más la fecha de vencimiento de su FBAR. Es importante que revise la información relevante Avisos de alivio de FBAR Para obtener información completa.
Excepción: Aviso FinCEN 2023-NTC5 extendió la fecha de vencimiento para la presentación de FBAR por parte de ciertas personas con autoridad de firma, pero sin interés financiero, en cuentas financieras extranjeras de su empleador o una entidad estrechamente relacionada, hasta el 15 de abril de 2025. Este aviso continúa la extensión otorgada en el Aviso 2022-1 (extendido hasta el 15 de abril de 2024) a personas en situaciones similares.
Si va a presentar su propio FBAR
Presente el FBAR electrónicamente a través del Sistema de presentación electrónica de la Ley del Secreto Bancario de FinCEN (BSA).
Nota: No presente el FBAR con una declaración de impuestos federal; debe presentarlo por separado como se mencionó anteriormente.
Si alguien más va a presentar el FBAR en su nombre
Si elige que un preparador externo presente los FBAR en su nombre, debe completar y conservar una copia del Informe 114a de FinCEN, Registro de autorización para presentar FBAR electrónicamente. No tiene que enviarlo con su FBAR, pero debe estar disponible para FinCEN o el IRS si lo solicita.