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Publicado:   | Última actualización: 26 de noviembre de 2024

Introducción a la presentación electrónica de declaraciones para organizaciones sin fines de lucro 501(c)

 

Resumen

Las organizaciones sin fines de lucro clasificadas bajo la Sección 501(c) del IRC desempeñan un papel vital al brindar servicios a las comunidades y abordar una gran variedad de necesidades sociales. Estas organizaciones tienen requisitos electrónicos específicos y comprenderlos es fundamental para cumplir con las obligaciones tributarios federales y mantener el estado de exención de impuestos.

¿Está iniciando o participando en una organización benéfica u otra organización sin fines de lucro con estatus 501(c)? Si es así, debe saber que estos grupos están sujetos a diversos requisitos de presentación de declaraciones ante el IRS y, en algunos casos, deben pagar impuestos.

Acciones

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¿Qué necesito saber?

Muchos de los formularios que utilizan las organizaciones con estatus de exención de impuestos deben presentarse electrónicamente y algunos también requieren el pago de una tarifa de usuario. Esto puede resultar confuso porque existen múltiples plataformas de presentación electrónica y algunas de las reglas relacionadas con la presentación electrónica cambiaron recientemente. Esta página destaca algunos de los requisitos de presentación típicos de las organizaciones 501(c), con un enfoque en la presentación electrónica.

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¿Qué formularios se deben presentar cuando una organización está comenzando?

Si está iniciando una organización 501(c)(3), generalmente debe presentar una Formulario 1023, Solicitud de reconocimiento de exención según la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas, o la versión simplificada, Formulario 1023-EZ. Para otros tipos de organizaciones § 501(c), generalmente puede buscar el reconocimiento del estado exento de impuestos utilizando:

  • Formulario 1024, Solicitud de reconocimiento de exención según la Sección 501(a) o la Sección 521 del Código de Rentas Internas, o
  • Formulario 1024-A, Solicitud de reconocimiento de exención según la Sección 501(c)(4) del Código de Rentas Internas.

Todos estos formularios deben presentarse electrónicamente a través de Pagar.gov, y deberá incluir el pago de una tarifa de usuario. Las tarifas se actualizan anualmente.

Por otra parte, si está iniciando una organización 501(c)(4), debe presentar una Formulario 8976, Notificación de intención de operar según la Sección 501(c)(4), dentro de los 60 días posteriores a la creación de la organización. Debe enviar el formulario electrónicamente utilizando el Sistema de registro en línea del IRS y pagar una tarifa de $50. No se necesita ningún software especial; solo necesita una dirección de correo electrónico para activar un nombre de usuario y una contraseña.

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¿Existen requisitos de presentación anual?

La mayoría de las organizaciones exentas deben presentar una declaración de información anual conocida como Formulario 990, Declaración de Organización Exenta del Impuesto sobre la Renta, o su versión simplificada, Formulario 990-EZLa declaración generalmente debe presentarse antes del día 15 del quinto mes posterior al cierre del año tributario de la organización. La declaración debe presentarse electrónicamente. Las organizaciones pueden presentar el formulario utilizando un Proveedor de presentación electrónica autorizado por el IRS.

Las organizaciones pequeñas pueden cumplir con el requisito presentando la Formulario 990-N (tarjeta postal electrónica)El formulario 990-N es Presentado directamente ante el IRS, y el declarante debe tener una cuenta en Login.gov o ID.me.

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¿Qué declaraciones de impuestos se deben presentar?

A pesar de su nombre, hay ocasiones en que las organizaciones exentas de impuestos deben presentar declaraciones de impuestos y pagar impuestos.

  • Una organización con Ingresos comerciales o empresariales no relacionados de al menos $1,000 debe presentar una Formulario 990-TDeclaración de impuestos sobre la renta de las empresas de organizaciones exentas. La declaración generalmente vence el día 15 del quinto mes posterior al final del año tributario de la organización. Además, una organización debe pagar impuesto estimado trimestral si espera deber al menos $500 en impuestos durante el año.
  • Las organizaciones deben pagar todos los impuestos especiales aplicables, incluidos varios impuestos especiales que se informan en el Formulario 4720, Devolución de ciertos impuestos especiales sobre organizaciones benéficas y otras personas conforme a los capítulos 41 y 42 del Código de Rentas Internas.

El Formulario 990-T debe presentarse electrónicamente. El Formulario 4720 debe presentarse electrónicamente por fundaciones privadas y, a partir de los años tributarios que finalicen el 30 de diciembre de 2023 o después, por cualquier persona que presente al menos diez declaraciones en un año calendario. Las organizaciones pueden presentar estas declaraciones electrónicamente a través de un Proveedor de presentación electrónica autorizado por el IRSLos pagos de impuestos deben realizarse electrónicamente, por ejemplo, utilizando el Sistema electrónico de pago de impuestos federales.

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¿Qué pasa si la organización tiene empleados?

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¿Qué pasa con las organizaciones que realizan pagos a contratistas independientes u otras entidades?

Es posible que se requiera que las organizaciones exentas presenten declaraciones de información (Serie de formularios 1099) para informar sobre ciertos pagos. Por ejemplo, una organización debe presentar la Formulario 1099-NEC, Compensación a no empleados, para informar los pagos realizados a un contratistas independientes Si los pagos superan al menos los $600 durante el año. Los plazos varían según la declaración. Las declaraciones generalmente deben presentarse electrónicamente utilizando el Sistema de recepción de declaraciones de información si la organización presenta al menos diez declaraciones informativas durante el año.

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¿Cómo puede una organización solicitar una carta de determinación sobre determinados asuntos?

En situaciones limitadas, es posible que deba presentar la Formulario 8940, Solicitud de determinación miscelánea, para pedirle al IRS que tome ciertas determinaciones sobre la organización y sus actividades. Debe enviar el formulario electrónicamente utilizando Pagar.gov y pagar una tarifa de usuario. La tarifa se ajusta anualmente y varía según el tipo de determinación (para las tarifas de 2024, consulte el Apéndice A de Rev. Proc. 2024-5).

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¿Es posible obtener una extensión de tiempo para presentar la solicitud?

Puedes usar Formulario 8868, Solicitud de prórroga del plazo para presentar una declaración de organización exenta o impuestos especiales relacionados con planes de beneficios para empleados, para solicitar una prórroga automática de ciertas declaraciones de organizaciones exentas, incluidos los formularios 990, 990-T y 4720. El formulario 8868 se puede presentar electrónicamente. Para obtener más información, consulte Instrucciones para el Formulario 8868, Solicitud de prórroga del plazo para presentar una declaración de organización exenta o impuestos especiales relacionados con planes de beneficios para empleados.

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Espere, todavía necesito ayuda.

La Taxpayer Advocate Service es un independiente Organización dentro del IRS. TAS ayuda a los contribuyentes a resolver problemas con el IRS, hace recomendaciones administrativas y legislativas para prevenir o corregir los problemas y protege los derechos de los contribuyentes. TAS ayuda a todos los contribuyentes (y sus representantes), incluidos individuos, empresas y organizaciones exentas. Usted puede ser elegible para recibir ayuda gratuita de TAS si su problema con el IRS le está causando dificultades financieras, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS simplemente no está funcionando como debería.

TAS tiene oficinas en todos los estados, el Distrito de Columbia y Puerto Rico. Para encontrar el número de teléfono de su defensor local:
Visite www.TaxpayerAdvocate.irs.gov/contact-us;
• Consulte su directorio local; o
• Llame a TAS sin cargo al 877-777-4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITCs, por sus siglas en inglés) ayudan a las personas cuyos ingresos están por debajo de un cierto nivel que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. También brindan educación, extensión e información sobre los derechos de los contribuyentes a las personas que hablan inglés como segunda lengua. Las LITC representan a los contribuyentes en disputas ante el IRS y los tribunales y ayudan a los contribuyentes a responder a los avisos del IRS y corregir problemas con las cuentas. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Las LITC son independientes del IRS y TAS. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca de usted, consulte el sitio web de LITC. Página LITC or Publicación 4134, Lista de clínicas para contribuyentes de bajos ingresosTambién puede solicitar el formulario Pub. 4134 llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

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