Para el año tributario 2020
La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica en Respuesta al Coronavirus (CARES, por sus siglas en inglés) incluye varios cambios tributarios temporales que ayudan a organizaciones benéficas. La deducción especial por donación caritativa de $300 permitió una deducción de los ingresos de donaciones caritativas en efectivo de hasta un total de $300, realizadas a organizaciones calificadas antes del 31 de diciembre de 2020, para personas que optaron por utilizar la deducción estándar en lugar de detallar sus deducciones.
Las donaciones en efectivo incluyen las realizadas con cheque, tarjeta de crédito o débito. No incluyen servicios donados, artículos para el hogar, valores u otra propiedad.
Para el año tributario 2021
Una disposición tributario especial, en virtud de la Ley de Certeza del Contribuyente y Alivio Tributario de Desastres de 2020, permitió que más estadounidenses reclamaran una deducción de hasta $300 por contribuciones en efectivo realizadas a organizaciones benéficas cualificadas durante 2021. La deducción máxima aumenta a $600 para las personas casadas que presentan declaraciones conjuntas.
Para recibir una deducción, los contribuyentes deben donar a una organización benéfica cualificada. Para verificar el estado de una organización benéfica, puede utilizar la herramienta de Búsqueda de organizaciones exentas de impuestos .
Se aplican reglas especiales de mantenimiento de registros a cualquier contribuyente que reclame una deducción por contribución caritativa. Por lo general, esto incluye obtener una carta de acuse de recibo de la organización benéfica antes de presentar una declaración y retener un cheque cancelado o un recibo de tarjeta de crédito para las contribuciones en efectivo. Para obtener detalles sobre las reglas de mantenimiento de registros para justificar las donaciones a organizaciones benéficas, consulte Publicación 526, Contribuciones caritativas.
Para obtener más información general, consulte el Contribuciones caritativas página disponible en IRS.gov.
La Ley de Alivio Tributario relacionada con COVID de 2020, que se promulgó como parte de la Ley de Asignaciones Suplementarias (2021), permitió gastos no reembolsados pagados o incurridos después del 12 de marzo de 2020 por educadores elegibles para artículos de protección para detener la propagación de COVID- 19 en el aula, para calificar para el deducción de gastos del educador.
La deducción de gastos del educador permite a los educadores elegibles deducir hasta $250 de gastos cualificados por año (hasta $500 si es casado que presenta una declaración conjunta y ambos cónyuges son educadores elegibles, pero no más de $250 cada uno). Los educadores elegibles son cualquier persona que sea maestro, instructor, consejero, director o asistente de jardín de infantes hasta el grado 12 en una escuela durante al menos 900 horas durante un año escolar.
Los contribuyentes elegibles reclaman la deducción en el Formulario 1040, Formulario 1040-SRo Formulario 1040-NR (adjuntar Anexo 1 Formulario 1040). Consulte las Instrucciones para el Formulario 1040 y el Formulario 1040-SR o de el Instrucciones para el formulario 1040-NR para obtener más información.
La Ley de Respuesta al Coronavirus Familias Primero (FFCRA), permitió a los trabajadores autónomos elegibles que, debido a COVID-19, no pueden trabajar o teletrabajar por motivos relacionados con su propia salud o para cuidar a un miembro de la familia, reclamar créditos tributarios reembolsables para compensar su impuesto federal sobre la renta. Los créditos son iguales al monto equivalente de la licencia por enfermedad calificada o de la licencia familiar, según las circunstancias. IRS.gov tiene instrucciones para ayudar a calcular el cantidad equivalente de licencia por enfermedad cualificada y cantidad equivalente de licencia familiar cualificada. Ciertas restricciones aplican.
Las personas que trabajan por cuenta propia que son elegibles determinarán sus créditos tributarios por licencia por enfermedad y familiar equivalentes con el nuevo Formulario 7202, Créditos por licencia por enfermedad y licencia familiar para ciertos trabajadores independientes. Estos pueden ser reclamados en el Formulario 2020 de 1040 para la licencia tomada entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, y en el Formulario 2021 de 1040 para la licencia tomada entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de marzo de 2021.
La Sección 9042 de la ley ARPA permitió una exclusión del ingreso bruto, para el año tributario 2020, de hasta $10,200 en compensación por desempleo (hasta $20,400 si es casado que presenta una declaración conjunta), si el ingreso bruto ajustado del contribuyente era inferior a $150,000. Si su AGI modificado fue de $150,000 o más, no puede excluir ninguna compensación por desempleo (UC). Si presenta el Formulario 1040-NR, no puede excluir ninguna compensación por desempleo para su cónyuge.
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